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Juicio de filiación en Quilmes y Provincia de Buenos Aires

Reclamación · Impugnación · Prueba de ADN · Efectos sobre el apellido y la herencia

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El juicio de filiación establece judicialmente el vínculo entre una persona y su padre o su madre cuando eso no está inscripto, o lo deja sin efecto cuando lo inscripto no se corresponde con la realidad. No es sólo un tema de apellido: de la filiación dependen los alimentos, la responsabilidad parental, la obra social y los derechos hereditarios.

Los dos caminos

Reclamación

Cuando el vínculo existe en los hechos pero no está inscripto. Es el caso del padre que no reconoció al hijo. Para el hijo, esta acción no caduca.

Impugnación

Cuando lo inscripto no coincide con la realidad y se pide dejarlo sin efecto. Tiene plazos, y son cortos: acá la demora se paga.

¿Cómo se inicia?

  1. Se reúne lo que haya. Partida de nacimiento, mensajes, fotos, testigos, cualquier constancia del vínculo o del trato. No hace falta tener todo para consultar.
  2. Se presenta la demanda ante el juzgado de familia, y se pide desde el mismo escrito la prueba de ADN y, si corresponde, una cuota alimentaria provisoria.
  3. Se ordena la prueba de ADN. La hace un organismo oficial o un laboratorio designado por el juzgado.
  4. Se dicta sentencia y se inscribe en el Registro Civil, con los efectos que correspondan sobre el apellido.
La negativa a hacerse el ADN no frena el juicio. A nadie se lo puede obligar por la fuerza, pero negarse es un indicio grave que el juez valora en contra de quien se niega, junto con el resto de la prueba. Es un error frecuente creer que no presentarse cierra el tema.

Qué documentación hace falta

Preguntas frecuentes

¿Qué es un juicio de filiación?

Es el proceso por el cual se establece judicialmente quién es el padre o la madre de una persona cuando eso no figura en la partida de nacimiento, o se impugna un vínculo que sí figura pero no se corresponde con la realidad.

¿La prueba de ADN es obligatoria?

No se puede obligar físicamente a nadie a hacérsela. Pero la negativa a someterse a la prueba es un indicio grave que el juez valora en contra de quien se niega, junto con el resto de la prueba del expediente.

¿Se puede reclamar alimentos en el mismo juicio?

Sí. Puede pedirse una cuota provisoria mientras el juicio tramita, y una vez establecida la filiación los alimentos se deben desde el reclamo. Conviene plantearlo desde el principio y no esperar a la sentencia.

¿Hay plazo para reclamar la filiación?

El reclamo de la filiación no caduca para el hijo. La impugnación, en cambio, sí tiene plazos, y son cortos: si hay dudas sobre un vínculo ya inscripto, conviene consultar cuanto antes.

¿Qué pasa si el padre falleció?

La acción puede dirigirse contra los herederos. Es un supuesto frecuente en sucesiones, donde el reconocimiento de la filiación define quién hereda.

¿Se puede cambiar el apellido después?

Sí. Establecida la filiación, se inscribe en el Registro Civil y puede modificarse el apellido según lo que corresponda y la edad del hijo. Los niños, niñas y adolescentes son escuchados según su edad y madurez.

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Consultar por un caso de filiación

Si hay una impugnación en juego, los plazos son cortos. Cuanto antes se consulte, mejor.

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Última revisión: 2026-08-21. La información es orientativa: cada caso depende de sus hechos y su prueba.