Régimen de comunicación en Quilmes y Provincia de Buenos Aires
Antes llamado régimen de visitas · Fijación · Incumplimiento · Revinculación
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Cuando el contacto con los hijos se interrumpe o nunca se organizó, puede pedirse judicialmente la fijación de un régimen de comunicación: días, horarios, dónde se retira y se restituye al hijo, vacaciones, cumpleaños y fiestas. Si ya existe un régimen acordado y no se cumple, puede pedirse su ejecución. El derecho a mantener contacto es del hijo, y no está condicionado a que el otro progenitor pague la cuota alimentaria.
¿Cómo se fija un régimen de comunicación?
- Se documenta la situación actual: desde cuándo no hay contacto, qué régimen regía antes si lo había, y qué gestiones se hicieron para restablecerlo.
- Se propone un régimen concreto. No alcanza con pedir "un régimen": hay que proponer días, horarios de retiro y restitución, y el lugar de entrega. Cuanto más preciso, menos conflicto después.
- Se contempla la edad de los hijos. No es lo mismo un régimen para un niño de tres años que para uno de doce. Con niños muy pequeños, o cuando el vínculo estuvo cortado mucho tiempo, suele proponerse una etapa inicial de adaptación.
- Se pide audiencia para intentar un acuerdo, que siempre es preferible a una imposición.
- Si no hay acuerdo, resuelve el juez, con intervención del equipo técnico si hace falta.
Qué prueba conviene reunir
- Mensajes y llamados donde se pidió ver a los hijos, y las respuestas.
- Cartas documento enviadas y sus constancias.
- Constancias de presencias frustradas: en el domicilio, en el colegio.
- Denuncias previas por impedimento de contacto, si las hubo.
- Informes escolares o de terapeutas sobre el efecto de la interrupción en los niños, niñas y adolescentes.
Qué suele incluir el régimen
- Fines de semana alternados, con horario de retiro y restitución.
- Días de semana, con o sin pernocte según la edad y las distancias.
- Vacaciones de verano e invierno, repartidas y alternadas por año.
- Fiestas de fin de año, alternadas.
- Cumpleaños de los hijos y de familiares directos.
- Día del Padre y de la Madre, con independencia de a quién le toque el fin de semana.
- Contacto telefónico o por videollamada en los días en que no hay contacto presencial.
El régimen no se cumple: qué se puede hacer
El incumplimiento reiterado se denuncia dentro del expediente y puede derivar en medidas que van desde la fijación de un régimen supervisado hasta sanciones, pasando por la intervención del equipo técnico para entender qué está pasando.
En los casos donde el vínculo estuvo cortado mucho tiempo, lo que suele ordenarse es un proceso de revinculación: encuentros graduales, a veces acompañados por un profesional, que reconstruyen el contacto sin exponer al niño, niña o adolescente a un salto brusco.
Preguntas frecuentes
¿Es lo mismo régimen de comunicación que régimen de visitas?
Se refieren a lo mismo, pero el Código Civil y Comercial dejó de hablar de "visitas". El cambio no es sólo de palabras: un padre o una madre no visita a su hijo, mantiene un vínculo con él. Mucha gente sigue buscándolo como "régimen de visitas" y es correcto que lo llame así; en el expediente va a leer "comunicación".
¿Qué hago si no me dejan ver a mis hijos?
Puede solicitarse judicialmente la fijación de un régimen, y si ya existe uno acordado y no se cumple, puede pedirse su ejecución. Conviene documentar los intentos: mensajes, cartas documento, presencias frustradas en el domicilio o en el colegio. Esa prueba es la que sostiene el pedido, porque muestra que la interrupción no fue por desinterés suyo.
¿El régimen se puede fijar aunque no pague alimentos?
Sí. El derecho a mantener contacto es del hijo, no del adulto, y no está condicionado al pago de la cuota. Son dos obligaciones distintas: el incumplimiento alimentario se ejecuta por su propia vía, pero no se usa para cortar el vínculo.
¿Los abuelos pueden pedir un régimen de comunicación?
Sí. La ley reconoce el derecho de comunicación de ascendientes, hermanos y de todo aquel que justifique un interés afectivo legítimo. No es exclusivo de los progenitores.
¿Qué pasa si el hijo no quiere ir?
Se escucha al niño, niña o adolescente, según su edad y madurez, y se busca entender qué hay detrás. A veces hay un conflicto puntual que se resuelve con acompañamiento; otras, una situación que requiere revinculación gradual con intervención del equipo técnico. Forzar el contacto sin más rara vez funciona y el juzgado lo sabe.
¿Se puede modificar un régimen ya fijado?
Sí, cuando cambian las circunstancias: la edad de los hijos, los horarios laborales, un cambio de domicilio o el incumplimiento reiterado. Se pide dentro del mismo expediente.
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Consultar por el contacto con tus hijos
Si hace tiempo que no los ves, cuanto antes se documente la situación, mejor.
Escribir por WhatsApp Enviar un correoÚltima revisión: 2026-08-21. La información es orientativa: cada caso depende de sus hechos y su prueba.